El pasado 28 de mayo de 2025, el Tribunal Regional Superior de Hamm, de Alemania, Sala civil, dictó sentencia en el caso climático corporativo Lliuya (Perú) – como particular demandante y apelante, contra RWE AG (compañía privada energética de combustibles fósiles como demandada).
El demandante reclama un supuesto deterioro de su propiedad por parte del demandado debido a la generación de energía de las centrales térmicas de carbón y el consiguiente calentamiento global.
A pesar de que el Tribunal alemán desestimó la demanda civil (presunta responsabilidad civil del demandado en el derretimiento de glaciares y el riesgo de inundaciones), concluyendo que el riesgo específico de inundación para la propiedad de Saúl Luciano Lliuya no cumplía con el umbral legal (baja probabilidad de ocurrencia e insuficiencia de la amenaza concreta e inminente a la propiedad, según la opinión del Tribunal), previsto en el Código civil alemán, su decisión proporciona y apuntala importantes bases para la responsabilidad corporativa en relación con el impacto climático local.
1) Responsabilidad climática transnacional, se puede plantear una demanda civil por daños climáticos en otras jurisdicciones, independientemente del lugar del mundo en el que se produzca el daño climático global.
La propiedad privada amenazada se encuentra en la ciudad de Huaraz, debajo y a unas decenas de kilómetros de un lago glacial.
2) Un precedente jurídico: abre una nueva puerta a que las principales empresas emisoras de gases de efecto invernadero (emisiones históricas y actuales) puedan ser consideradas responsables por su contribución a los impactos del cambio climático en virtud del Código civil alemán (acudiendo a la responsabilidad civil extracontractual), incluso cuando el daño ocurre a través de las fronteras (siempre que se pruebe la relación de causalidad).
3) El contar con autorización administrativa no excluye la responsabilidad civil. Pero cabe preguntarse si ¿es posible la responsabilidad de la autoridad pública estatal por su concesión?
4) La ciencia de la atribución puede utilizarse para establecer la responsabilidad climática de las empresas: probar la causalidad, previsibilidad y proporcionalidad del daño. El Tribunal conectó los eslabones de la larga y compleja cadena causal que va desde las emisiones corporativas, pasando por el calentamiento global y el derretimiento de los glaciares, hasta los riesgos específicos para los derechos individuales, basándose en los datos y métodos evaluados en los informes del Panel Intergubernamental de Expertos en Cambio Climáticos (IPCC): las emisiones globales de gases de efecto invernadero continúan aumentando y, por lo tanto, sus concentraciones aumentan en la atmósfera, lo que se suma a la acumulación de calor en el sistema climático.
Según el Tribunal, la demandada tiene el deber de estar informada sobre los avances científicos y tecnológicos en el campo de la producción de energía a partir de combustibles fósiles (carbón).
5) El compartir los costes de las medidas locales de adaptación al clima (como la infraestructura contra inundaciones y la prevención de desastres) en proporción a su contribución al deterioro.
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